Alumnos extranjeros

Documentación solicitada a quienes hayan realizado sus estudios de enseñanza media en el exterior.

1. Residencia otorgada por dirección nacional de migraciones (MRREE)

Requisitos:

- para el caso estudiante:

  • dos fotos carné
  • acreditar poseer actividad que da origen a su admisión como residente temporario:
      • certificado de la institución educativa, con certificación notarial donde figuren sus datos vigencia, objeto y domicilio.
      • medios de vida: forma en que se logra su manutención en el país, a través de certificación notarial o certificación de institución financiera.
      • partida de nacimiento legalizada en consulado uruguayo del país de origen y luego en el Ministerio de Relaciones Exteriores en Uruguay. Posteriormente deberá ser inscripto en dirección general de registro civil , sección Registro de Extranjeros (Uruguay 933- Montevideo)
      • carné de salud
      • fecha de ingreso al país (verbal)
      • antecedentes penales: certificado de buena conducta del país donde vivió los últimos cinco años, legalizado ante el Consulado uruguayo en ese país y ante el Ministerio de Relaciones Exteriores en Montevideo - Uruguay.
      • documento de identidad con el cual ingresó al país o el actual en vigencia, original y dos fotocopias

2. Cédula de identidad – Identificación civil (o en su defecto, certificado consular y certificado de la dirección nacional de migración en el que conste su condición de residente en trámite).

Requisitos para su tramitación:

  • testimonio de la inscripción de su partida de nacimiento, expedido por la Dirección general de Registro de Estado Civil sección Registro de extranjeros.

3. Reválidas de estudios medios emitida por el Consejo de Educación Secundaria Inspección Técnica – Sección reválidas (Montevideo, Rincón 712).

Requisitos:

  • cédula de identidad uruguaya, en caso de no tenerla, si proviene de un país del Mercosur, presentar el documento de identidad de dicho país;
  • en caso de no ser nacional de un país miembro del MERCOSUR, el trámite podrá ser iniciado provisoriamente también con constancia de residencia en trámite o pasaporte del país de origen;
  • certificado de estudios legalizado por el consulado uruguayo en el país de origen;
  • certificación de la firma del Cónsul realizado en el Ministerio De Relaciones Exteriores (Cuareim 1348, Montevideo);
  • los certificados provenientes de países de habla no hispana, excepto Brasil, debe ser traducidos por traductor público titulado en Uruguay;
  • fotocopia de toda la documentación exigida.

 

* A los 10 días hábiles se dará constancia de reválida para ser presentada en la facultad.

*Todo documento extranjero que se presente deberá estar necesariamente legalizado por el Consulado uruguayo y el Ministerio De Relaciones Exteriores, (Cuareim 1348) y si fuera el caso, traducido al español, excepto para brasileños.

Esta documentación es imprescindible dados los requerimientos del Ministerio de Educación y Cultura de la República Oriental del URUGUAY para rendir cursos y exámenes.